La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicta sentencia sobre el caso Intel y anula la decisión que le imponía una sanción de 1.060 millones de euros exigiendo una nueva revisión del caso

La Sentencia Intel del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 6 de septiembre de 2017, sobre abuso de posición dominante por descuentos de fidelidad con alegado efecto de expulsión de mercado, anula la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea en esta materia y se la devuelve para mayor análisis.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sus funciones casacionales, acaba de anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de fecha 12 de junio de 2014 (que confirmaba la sanción de la Comisión a INTEL de aproximadamente 1.060 millones de euros por abuso de posición dominante), para que examine datos de hecho y económicos relativos a si realmente dichos descuentos (impuestos a los grandes productores de ordenadores, como Dell, HP, NEC, Lenovo y otros) han producido el efecto de expulsión de la competencia de Intel, dado que no se han analizado, entre otros, los siguientes factores:

  • El porcentaje del mercado cubierto por la práctica criticada;
  • La existencia de una estrategia destinada a expulsar del mercado a competidores al menos igualmente eficaces;
  • Si, además de los descuentos, se ofrecían mejoras en términos de eficacia que beneficiaran también a los competidores.

Y, en general, si un competidor igualmente eficiente se hubiera visto obligado a cobrar precios que no hubieran sido viables.

El principio general es, por tanto, y como dice la sentencia, que no todo efecto de expulsión del mercado altera necesariamente el juego de la competencia, sino que la obligación de la empresa en posición dominante es la de no perjudicar, con su conducta, la competencia efectiva y no falseada en el mercado interior.

Por tanto, la abstención del Tribunal General a analizar dichas circunstancias alegadas por Intel lleva al Tribunal de Justicia, en funciones de casación, a anular la sentencia y devolverla al tribunal General para que efectúe dicho análisis.