A causa de la situación de extraordinaria gravedad en la que se encuentra la sociedad a raíz de la evolución del COVID-19, a diario se toman medidas de contención de carácter urgente para distintos ámbitos de la sociedad civil. Dentro del último paquete de medidas aprobadas por el Gobierno durante la primera semana tras la declaración del estado de alarma, se incluyen, entre otras, ciertas modificaciones temporales de ámbito mercantil y societario para las empresas españolas, tanto cotizadas como no cotizadas.
Según el Ministerio de Sanidad, en España se han detectado algunos casos de enfermedad (COVID-19) causada por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2), si bien “el riesgo global para la salud pública se considera moderado”. En todo caso, estando ante una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) declarada por la Organización Mundial de la Salud, y a expensas de cómo evoluciona la situación, se nos plantan diversas dudas sobre las implicaciones laborales y de Seguridad Social que pueden derivarse. Desde Augusta Abogados os las contamos y damos respuesta en esta Nota Informativa.