Tras más de una década de negociaciones institucionales, este viernes 2 de octubre se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea la esperada reforma del Reglamento (CE) 261/2004, relativo a los derechos de los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelación y gran retraso de vuelos, así como del Reglamento (CE) 2027/97, sobre la responsabilidad de las compañías aéreas respecto del transporte de pasajeros y equipaje, mediante el Reglamento (UE) 2026/2202, de 16 de septiembre de 2026. La reforma entra en vigor a los 20 días de su publicación, formando parte del Derecho de la Unión, si bien contempla un período transitorio de adaptación antes de su plena aplicación el 23 de octubre de 2027, otorgando así a los operadores un plazo específico para adecuar sus procedimientos, sistemas y políticas comerciales. El texto oficial de la norma publicada puede encontrarse en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L_202602202
El principal objetivo de la reforma es revisar y actualizar diversos aspectos fundamentales del Reglamento (CE) 261/2004, incorporando al propio texto normativo soluciones interpretativas que, durante más de veinte años, habían sido construidas principalmente por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y por criterios administrativos de aplicación no siempre uniformes.
No obstante, la reforma va mucho más allá de una mera revisión del régimen de compensación y asistencia a pasajeros. El legislador europeo ha aprovechado esta iniciativa para regular, por primera vez de forma expresa y homogénea en toda la Unión Europea, diversas cuestiones particularmente relevantes del contrato de transporte aéreo de pasajeros, que hasta ahora carecían de una regulación específica y habían generado importantes controversias interpretativas entre operadores, autoridades nacionales y tribunales.
En este sentido, la reforma persigue reforzar la seguridad jurídica y la uniformidad regulatoria en materias esenciales para la operación del transporte aéreo comercial, reduciendo la fragmentación existente entre Estados miembros y proporcionando un marco normativo común para pasajeros, compañías aéreas, organismos nacionales y tribunales.
Consideramos positiva para el sector aéreo la voluntad del legislador europeo de incorporar al texto normativo soluciones que hasta ahora dependían en gran medida de desarrollos jurisprudenciales y criterios interpretativos dispersos. La reforma aporta una mayor previsibilidad regulatoria en ámbitos especialmente relevantes para la actividad de las compañías aéreas y contribuye a una aplicación más uniforme de las normas en el conjunto de la Unión Europea.
Sin perjuicio de lo anterior, también cabe lamentar que la reforma haya desaprovechado la oportunidad de ofrecer respuestas más ambiciosas a algunas de las cuestiones que, en los últimos años, han generado mayores dificultades operativas y mayores niveles de litigiosidad para los transportistas aéreos. En particular, determinadas materias vinculadas a la gestión operativa de incidencias, al alcance del régimen de responsabilidad de las compañías aéreas y a los elevados costes asociados a la conflictividad existente continúan sin recibir una respuesta normativa plenamente satisfactoria.
Ello resulta especialmente relevante en un contexto en el que el sector aéreo europeo continúa afrontando importantes desafíos económicos y operativos derivados del incremento estructural de costes y de las crecientes exigencias regulatorias y de cumplimiento que afectan a su actividad.
Con todo, la reforma constituye uno de los cambios normativos más relevantes en el ámbito de la aviación comercial europea de las últimas décadas y obligará a las compañías aéreas a revisar de forma profunda numerosos procedimientos operativos, comerciales y de atención al pasajero.
Dada la amplitud y complejidad de las modificaciones introducidas, en las próximas semanas publicaremos una serie de cuatro alertas informativas en las que analizaremos las principales novedades de la reforma desde una perspectiva práctica para las compañías aéreas y demás operadores del sector:
- Circunstancias extraordinarias y exoneración de responsabilidad
Examinaremos la nueva definición legal del concepto de circunstancias extraordinarias, la incorporación al Reglamento de una lista normativa de supuestos de referencia, los nuevos requisitos probatorios exigidos a las compañías aéreas y el alcance de las modificaciones introducidas respecto de la jurisprudencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
- Políticas comerciales y condiciones del contrato de transporte
Analizaremos la nueva regulación europea sobre políticas de asientos, tarjetas de embarque, corrección de nombres de pasajeros y utilización de vales o bonos de viaje, materias que hasta ahora habían quedado, en gran medida, sujetas a las condiciones generales de transporte y a prácticas comerciales no armonizadas.
- Equipaje de cabina y libertad tarifaria
Estudiaremos el nuevo régimen jurídico del equipaje de cabina, la diferenciación entre «accesorio personal» y «equipaje de mano», las implicaciones para la comercialización de tarifas aéreas y las consecuencias de la reforma para los modelos comerciales basados en la desagregación de servicios.
- Procedimientos de reclamación y gestión de compensaciones
Abordaremos la creación de un procedimiento europeo armonizado de solicitudes de compensación y reclamaciones, los nuevos deberes de información y respuesta a los pasajeros y las implicaciones operativas que estas novedades tendrán para las áreas de atención al cliente, operaciones y cumplimiento normativo de las compañías aéreas.