Con la llegada del verano y el incremento de las temperaturas, el Ministerio de Trabajo, bajo la dirección de Yolanda Díaz, ha lanzado una campaña informativa a través de sus redes sociales para recordar a las empresas sus nuevas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Esta campaña se centra en el cumplimiento del Real Decreto-Ley 4/2023, aprobado el año pasado, que impone estrictas medidas para proteger a los trabajadores durante las olas de calor.
El Real Decreto-Ley 4/2023 introduce modificaciones al Real Decreto 486/1997, que regula las «disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo». Esta actualización establece nuevas condiciones específicas para garantizar un ambiente laboral seguro durante episodios de altas temperaturas. En espacios cerrados destinados a trabajos sedentarios, como oficinas y similares, la temperatura no debe superar los 27 °C. Para trabajos ligeros, la temperatura máxima permitida es de 25 °C. En ambos casos, la humedad relativa debe mantenerse entre el 30 y el 70%, salvo en entornos con riesgo de electricidad estática, donde el límite inferior de humedad se fija en el 50%.
Para trabajos al aire libre, la normativa exige que las empresas adopten medidas adecuadas para proteger a los trabajadores de los riesgos asociados a fenómenos meteorológicos adversos, incluidas las temperaturas extremas. Esto implica realizar una evaluación de riesgos que considere las características de la actividad laboral y las condiciones personales o biológicas de los empleados. Entre las medidas que se deben adoptar se incluye la prohibición de realizar ciertas tareas durante las horas del día con temperaturas extremas si no se puede garantizar una protección adecuada.
Además, el Real Decreto-Ley 4/2023 establece que, en caso de que la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) o el organismo competente emita una alerta de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, las empresas deben adaptar las condiciones de trabajo. Esto puede incluir la modificación o reducción de la jornada laboral si las medidas preventivas actuales no aseguran la protección de los trabajadores. Por ejemplo, en caso de alerta naranja o roja, será obligatorio ajustar los horarios de trabajo o reducir la jornada laboral para proteger la salud de los empleados.
Esta iniciativa del Ministerio se enmarca dentro de una serie de inspecciones intensificadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) durante los meses de junio, julio y agosto, enfocadas en actividades con alto riesgo de exposición al calor.
Desde 2021, la ITSS ha enviado más de 350,000 cartas a empresas de diversos sectores, como construcción, jardinería, hostelería y recogida de residuos, para informarles sobre los riesgos del calor y las obligaciones correspondientes. Estas comunicaciones tienen como objetivo asegurar que las empresas implementen adecuadamente las medidas de protección requeridas.
Finalmente, la Inspección de Trabajo ha anunciado que llevará a cabo revisiones para verificar el cumplimiento de estas normativas y aplicará sanciones a las empresas que no se ajusten a los requisitos establecidos. Cumplir con estas medidas no solo responde a las obligaciones legales, sino que también garantiza un entorno de trabajo seguro y saludable durante las olas de calor. La correcta implementación de estas medidas es esencial para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores.