(…)
«Desde la perspectiva de derechos, el criterio 12/2026 es claramente favorable a los becarios porque los integra plenamente en la acción protectora por contingencias profesionales del Régimen General», valora para Confilegal el abogado Omar Molina, socio de Augusta Abogados.
Una cuestión que, para el experto laboralista, «alerta y refuerza el deber empresarial de prevención respecto de ellos, alineándolos con los trabajadores ordinarios».
Refuerzo de la figura del becario que, para Molina, no supone que el becario sea «igual de caro» que un junior, en términos empresariales.
«En términos de incentivos empresariales, no convierte al becario en “igual de caro” que un júnior en términos de coste fijo, pero sí acerca el riesgo económico de un accidente mal prevenido al de un trabajador ordinario», explica.
(…)