Nuevo marco jurídico para el control de las inversiones extranjeras directas en la UE

El Diario Oficial de la Unión Europea de ayer, 21 de marzo, publica el Reglamento (UE) 2019/452, de 19 de marzo, por el cual se establece un marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la UE. El nuevo Reglamento, que será aplicable a partir de octubre de 2020, prevé que los Estados Miembros de la UE podrán mantener, modificar o adoptar mecanismos para controlar, por motivos de seguridad o de orden público, dichas inversiones extranjeras y ofrece un listado de factores que se podrán tener en cuenta, tales como: si el inversor extranjero está controlado directa o indirectamente por el gobierno de un tercer país o si la inversión puede incidir el suministro de insumos fundamentales. Habida cuenta de que las inversiones extranjeras directas pueden afectar a más de un Estado Miembro, el Reglamento prevé mecanismos de cooperación para asegurar una adecuada coordinación entre todos los Estados Miembros. Del texto del Reglamento se desprende que todos los Estados Miembros, incluido España, deberán revisar su normativa actual en materia de inversiones extranjeras para adaptarla al nuevo marco reglamentario. Es de prever, por tanto, que las autoridades españolas procedan a una revisión del Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores, de lo que informaremos oportunamente.