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Desde un punto de vista jurídico, «el conjunto de afectados, que son muchos y que han sufrido daños de índole personal y/o material, sí podrán ensayar alguna acción para el caso de que se determine finalmente un potencial responsable», indica el socio de Litigación y Arbitraje en Augusta Abogados Luis Cordón. Si esto ocurriera, se podrían intentar acciones civiles de naturaleza contractual y/o extracontractual por daño -si la responsabilidad del histórico episodio se atribuye a una compañía privada-, o bien solicitar la responsabilidad patrimonial del Estado si pudiera entenderse que ha habido alguna acción u omisión culpable que fuera achacable a una Administración pública.
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Mientras que para pedir la responsabilidad patrimonial del Estado se tiene un año, de ahí que el socio de Regulatorio y Derecho Público de Augusta Abogados Miquel Àngel Alonso vea aconsejable interrumpir el contador con una reclamación por vía administrativa antes de que se cumpla el primer aniversario del incidente, si la incertidumbre persiste más tiempo.
Una alternativa que también podría seguirse en los casos de carácter civil, aunque ahí formulando reclamaciones extrajudiciales. Ahora bien, actualmente «no podemos conocer con certeza» si a quienes se dirigirían los potenciales requerimientos para interrumpir la prescripción acabarán siendo considerados responsables, «con lo cual su eficacia podría ser nula si no se ha atinado», advierte Cordón.
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