Aspectos laborales clave que deberán aplicar las empresas este 2025

Los principales aspectos en materia laboral a los que las empresas deberán prestar atención este año 2025 encontrarán su punto de partida en los siguientes tres periodos temporales,

 

Obligaciones laborales vigentes desde el último trimestre de 2024

  • Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Derecho a la Defensa se extiende el ámbito de protección de la garantía de indemnidad a los cónyuges, parejas de hecho y parientes hasta el segundo grado que trabajen en la misma empresa que el trabajador que haya ejercitado su derecho a la defensa.
  • En relación con el canal de denuncias, y el deber de las empresas de 50 o más trabajadores de contar con un plan negociado, el pasado 31 de octubre de 2024 entró en vigor el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección al Informante previéndose que a corto plazo comiencen a imponer sanciones a las empresas que incumplan mencionada obligación.
  • Recodar a todas las empresas con 50 o más trabajadores tener renovados los planes de igualdad para evitar las sanciones por incumplimiento, llegando las más graves a alcanzar los 225.018 euros.
  • Una novedad surgida a raíz de los daños causado por la DANA es la aprobación mediante Real Decreto Ley 8/2024 del derecho de los trabajadores de ausentarse en su puesto hasta 4 días retribuidos en situaciones de emergencias climáticas.
  • En el ámbito jurisprudencial, destaca la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 18 de noviembre, por la que se estableció la obligación de dar audiencia previa al trabajador antes de llevar a cabo un despido disciplinario.

 

Novedades laborales que entran en vigor en 2025

  • Encarecimiento de la cotización y el abono de las cuotas de la Seguridad Social, en concreto, se actualiza el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, suben las bases mínimas y máximas de cotización y se incorpora la cotización de solidaridad por tramos para los ingresos que excedan la base máxima anual de cotización.
  • De acuerdo con el Real Decreto 1026/2024, y antes del 10 de enero de 2025, las empresas con más de 50 empleados deben haber negociado un conjunto planificado de medidas y recursos para lograr la igualdad real y efectiva para las personas LGTBI.
  • La Ley Orgánica 1/2025, que modifica el artículo 50 ET, recoge concretamente que la extinción voluntaria del trabajador será indemnizada por falta de pago o retraso en el abono del salario cuando sea continuado, es decir, cuando supere los 15 días de la fecha fijada para el pago y asimismo establece causas específicas.

 

Reformas laborales anunciadas para este año

  • El Ministerio de Trabajo ha informado que habrá una subida del SMI entorno al 4% o 5% respecto de 2024.
  • El acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos establece que las empresas deberán implementar a lo largo de este 2025 una reducción de jornada laboral establecida en un máximo de 37,5 horas semanales.
  • Se ha planteado desde el Ministerio de Trabajo un desarrollo del derecho a la desconexión digital.
  • Se anuncia la obligatoriedad de implantar un registro de jornada digital de manera que los RLPT y la ITSS puedan acceder de forma remota.
  • Se prevé establecer una retribución y/o prestación de la Seguridad Social respecto al permiso parental regulado en el artículo 48 bis del ET.
  • La incapacidad permanente no será, como ahora, una de las causas de resolución del contrato laboral, sino que la extinción quedará condicionada a la voluntad del empleado, a la posibilidad de la empresa de adaptar el puesto o a la existencia de un puesto vacante acorde a la nueva situación que presenta el trabajador.
  • El Estatuto del becario, entre sus derecho y obligaciones prevé el derecho a una compensación económica adecuada.

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