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Pilar Berges Périz, letrada laboralista senior de Augusta Abogados, lo aclaró a este diario: “La empresa no está obligada automáticamente a conceder la jubilación parcial, incluso aunque el trabajador cumpla con los requisitos legales, puesto que se trata de un derecho condicionado que requiere de voluntad empresarial”, porque implica formalizar un contrato de relevo y reorganizar el puesto de trabajo.
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