Las empresas tendrán que registrar las pausas que se realicen durante la jornada

(…)

«La referencia que hace el texto a las interrupciones que afecten al cómputo de la jornada, va a tener una incidencia muy importante, ya que va a requerir que las empresas definan en su política interna qué entienden por tiempo de trabajo efectivo y qué por descanso» explica en conversación con este periódico el director de Augusta Abogados, Omar Molina. Las conocidas como «incidencias intrajornada» en el argot profesional no se incluyen, con carácter general, en el tiempo de trabajo efectivo a no ser que estuviera recogido como tal en el contrato o en el convenio colectivo. El abogado pone el ejemplo de la «pausa para el bocadillo» que dio lugar a una variedad de sentencias antes de unificarse el criterio. «Creemos que va a generar mucho debate en las empresas ver cómo catalogan las pausas para ir al baño o las salidas fuera de la oficina y después va a ser difícil explicárselo a los trabajadores» reflexiona Molina.

(…)

Publicaciones relacionadas

NULL