Revisión de los límites de responsabilidad del Convenio de Montreal de 1999

Desde el 28 de diciembre de 2019 son efectivos los nuevos límites de responsabilidad del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional (Convenio de Montreal de 1999), tras completar la OACI el procedimiento de revisión establecido en el Artículo 24.

La OACI comunicó el pasado 11 de octubre, mediante Carta a los Estados parte LE 3/38.1-19/70, la aprobación definitiva de los límites de responsabilidad revisados, conforme a los que la OACI había propuesto inicialmente el 28 de junio de 2019, y su consiguiente entrada en vigor a los 6 meses desde tal fecha.

Los límites se han revisado determinándose un factor de inflación del 13,9%, respecto de los límites de responsabilidad vigentes desde el 30 de diciembre de 2009, quedando fijados en las siguientes cantidades, expresadas en Derechos Especiales de Giro (DEG):

Artículos del Convenio de Montreal Límites anteriores (desde el 30 Dic 2009) Nuevos límites (a partir del 28 Dic 2019)
Artículo 21
Muerte o lesiones de los pasajeros
113.100 128.821
Artículo 22.1
Retraso
4.694 5.346
Artículo 22.2
Destrucción, pérdida, daños del equipaje o retraso en su entrega
1.131 1.288
Artículo 22.3
Destrucción, pérdida, avería de la carga o retraso en su entrega
19 × kg. 22 × kg.

Conforme a lo anterior, las compañías aéreas deben revisar sus condiciones generales de transporte, notas informativas a los pasajeros e incluso pólizas de seguro, cuando proceda, a fin de adecuar dicha documentación a los límites de responsabilidad revisados del Convenio de Montreal de 1999.